La toma de decisiones en el acto médico es un asunto complejo, pues no solamente se trata de identificar lo que la ciencia médica conoce sobre cierta enfermedad, sino de saber aplicar dicho conocimiento al caso específico de manera apropiada: de una manera prudente, que tome en cuenta los riesgos, los beneficios y los resultados esperados de los procedimientos propuestos, y los derechos de las pacientes. De una manera que valore a la paciente integralmente, tratando de curarla, pero también de aliviarla y consolarla; tratando de disminuir su sufrimiento y no solamente de curar su enfermedad.
Ética de la decisión médica
El filósofo francés Paul Ricoeur, en su obra Lo justo 2, señala que el acto médico tiene como base un pacto de confianza que, según explica el médico e historiador de la medicina Ruy Pérez Tamayo, surge de una relación entre el paciente, quien sufre una enfermedad, y el médico, quien tiene los conocimientos y las herramientas para ayudarlo a resolver su problema. Ricoeur profundiza señalando que el acto médico consiste en aplicar un saber constituido por normas y conocimientos teóricos a una decisión concreta en una situación: la prescripción. En el juicio médico, lo que está en juego es la aplicación de una regla al caso específico.
El pacto de cuidados que se constituye entre tal médico y tal paciente se puede encuadrar bajo reglas de tres tipos:
- Reglas procedentes del saber biológico científico: el conjunto de conocimientos que se deriva de los progresos de las ciencias biológicas y terapéuticas.
- Reglas morales y legales: el “saber hacer” que indica la forma correcta de aplicar ese saber científico a un caso específico, caracterizado por los principios, valores y virtudes que orientan las decisiones médicas, y por las leyes y normas que fijan el mínimo exigible en la actuación médica.
- Reglas administrativas: las que se articulan en el plano de la salud pública, el ámbito hospitalario y el tratamiento social de la enfermedad, e imponen los medios disponibles para la atención según las circunstancias y condiciones sociales.
La aplicación de estas reglas en el acto médico comprende tres momentos:
- El pacto de cuidado: la alianza que realizan el médico y la paciente, en la que se ponen de acuerdo para luchar en conjunto contra la enfermedad.
- El momento deontológico: cuando se toman en consideración las reglas científicas, morales, legales, de salud pública y hospitalarias aplicables al caso.
- El momento de reflexión ética: cuando el médico analiza cuál recurso terapéutico es el mejor para el caso específico, tomando en cuenta el saber biológico disponible, las consideraciones morales y legales aplicables, los recursos disponibles, y los riesgos y beneficios propios de cada posibilidad.
Al elaborar una Opinión Técnica Médica o un Dictamen Médico Pericial, precisamente lo que se revisa es si estos tres momentos se cumplieron: si el profesional aplicó el saber científico disponible, si respetó las reglas morales, legales y hospitalarias aplicables, y si su decisión final, a la luz de las circunstancias del caso, fue una decisión médicamente razonable.
